
La Unión Europea está introduciendo una serie de directrices para empujar y facilitar a empresas alcanzar objetivos de sostenibilidad, como parte del objetivo de toda la UE de llegar a ser neutrales para el clima en 2050. Dos de las directivas más debatidas son la directiva sobre la presentación de informes de sostenibilidad empresarial (CSRD) y la directiva sobre la diligencia debida en materia de sostenibilidad empresarial (CSDDD). A pesar de haber sido creadas para complementarse mutuamente, ambas directivas difieren en ciertos aspectos.
Objetivo similar
Una de las mayores directrices sobre sostenibilidad introducidas es la CSRD. La CSRD se introdujo para dar a las empresas una guía para medir y gestionar sus impactos, riesgos y oportunidades. Se centra en la idea de la doble materialidad, que refleja el objetivo conjunto de los impactos sobre la empresa y los impactos debidos a la empresa. Tiene el rango de aplicación más amplio de todas las directrices y abarca una gran variedad de temas, que culminan en un informe anual de sostenibilidad que las empresas deben publicar públicamente.
La Directiva sobre Diligencia Debida para la Sostenibilidad Corporativa (CSDDD) entró en vigor en julio de 2024, aunque las empresas no están obligadas a cumplirla hasta 2027, con un proceso de introducción progresiva hasta mediados de 2029. Se ha introducido para implantar procesos específicos de diligencia debida para las empresas en relación con sus impactos sobre los derechos humanos y el medio ambiente. La directiva de diligencia debida exige a las empresas que tengan en cuenta los riesgos e impactos no sólo en sus operaciones directas, sino en su cadena de valor. La cadena de valor incluye a sus filiales, socios y cualquier otra parte interesada importante que tenga un impacto material en la empresa.
Ambas directivas se centran en la importancia de la transparencia y la responsabilidad corporativa. Las empresas sujetas a ambas directrices deben demostrar sus esfuerzos por medir, gestionar y divulgar sus impactos, riesgos y oportunidades.
Diferentes requisitos
Aunque ambas directivas presentan algunas diferencias, no son completamente independientes. Se han elaborado de forma que las empresas no necesiten tratarlas de forma completamente separada. Aunque la CSRD es más urgente en cuanto a plazo, la CSDDD está diseñada para solaparse con los requisitos de información de la CSRD.
El CSRD es una directiva que enumera las directrices de información requerida. Indica lo que las empresas sujetas a la directiva deben informar sobre sus operaciones y enfoques de gestión. Los requisitos del CSRD están alineados con un grupo de normas denominadas Normas Europeas para la Elaboración de Informes de Sostenibilidad (ESRS). Éstas se dividen en temas medioambientales, sociales y de gobernanza. Se identifican los temas materiales para cada empresa, que luego se evalúan en función de su impacto en el negocio, y el impacto del negocio en los temas. Las empresas sujetas al CSRD sabrán que los requisitos de información se combinan en un informe de sostenibilidad de tipo financiero, con toda la información requerida comunicada anualmente.
El CSDDD exige a las empresas que introduzcan determinados procesos, haciéndolas responsables de su ética empresarial actual y estableciendo un estándar más elevado. Destaca la importancia de la responsabilidad de las empresas por sus impactos, que se ha ampliado para incluir su cadena de actividades ascendente y descendente. El elemento central de este requisito es la identificación de impactos humanos y medioambientales adversos en la cadena de suministro de una empresa. Exige a las empresas completar la diligencia debida sobre los efectos reales y potenciales de la actividad de la empresa a lo largo de su cadena de valor. Cuando se aplica la Directiva sobre la responsabilidad de las empresas por los daños causados al medio ambiente, las empresas pueden combinar ambos requisitos de información en un solo informe. Aunque ambas directivas tienen enfoques diferentes, la información requerida se solapará.
Solapamiento del ámbito de aplicación
Ámbito de aplicación y calendario de la CSRD | Ámbito y calendario de la Directiva CSDDD |
Proceso de introducción progresiva: 2025-2029 | Proceso de introducción progresiva: 2026-2028 |
Empresas europeas Las grandes empresas son aquellas que cumplen dos de los siguientes requisitos:
| Empresas europeas Grandes sociedades de responsabilidad limitada y sociedades personalistas de la UE con:
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Empresas no europeas
| Empresas no europeas
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PYME
| PYME
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Carácter complementario
En el caso de las empresas sujetas a ambas directivas, existe un solapamiento entre ambas y se recomienda que las empresas no las traten como entidades separadas, ya que la información necesaria para cumplir una directiva también puede ser un requisito de la otra. Informar simultáneamente sobre el CSRD y el CSDDD puede dar una comprensión detallada de la cadena de valor de la empresa.
La principal diferencia entre las dos directivas está en su enfoque. Los requisitos del CSRD proporcionan una visión global de los impactos tanto en la empresa como por parte de la misma. En cambio, la Directiva CSDDD examina específicamente las operaciones ascendentes y descendentes de la cadena de valor.

Conclusiones
Existe mucha confusión sobre las directivas de sostenibilidad que se están introduciendo. Aunque requieren más trabajo en términos de recopilación, medición y gestión de datos, las empresas que están sujetas a más de una directiva de sostenibilidad suelen encontrar un gran solapamiento entre los requisitos. Esto puede facilitar la gestión de los datos y los requisitos de elaboración de informes y ofrecer a las empresas un gran conocimiento de sus operaciones y su cadena de valor.
En esta nueva era de informes de sostenibilidad, puede ser fácil concentrarse en el trabajo añadido y el tiempo necesario para cumplirlas. Sin embargo, estas directivas son también una oportunidad para redefinir la medida del éxito de su empresa. La transparencia y la responsabilidad de su empresa tienen más peso que antes. El uso de estas directivas puede dar a las empresas una ventaja competitiva.
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